Por: Jazmín Cruz Editora de Jurídico Corporativo de IDC Recientemente la Comisión Nacional Bancaria y de Valores publicó una guía en materia de prevención de lavado de dinero para que las entidades financieras puedan cumplir con sus obligaciones en la materia.
Aunque esta guía no es aplicable para el sector privado, es relevante porque contiene una serie de parámetros que pueden adoptar los sujetos obligados para implementar un compliance para clasificar si las actividades vulnerables que realicen se consideran de bajo o alto riesgo, y así evitar responsabilidades administrativas o penales.
A continuación, se señalan los elementos e indicadores para medir el riesgo de cada actividad:
Productos y servicios Si propicia:
Tipo de clientes Las personas que pueden representar mayor riesgo son:
Área geográfica Pueden generar mayor riesgo, las que cuentan con:
Canales de transacción o distribución Los canales no presenciales son los de mayor riesgo, porque el cliente no tiene contacto directo con el sujeto obligado y se ejecutan electrónicamente.